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Nuevos sujetos obligados a emitir facturas desde el 1° de julio de 2026

La Resolución General 5824/2026 de ARCA introduce modificaciones significativas al régimen de facturación, con el objetivo de ampliar la información disponible para las declaraciones juradas de IVA y Ganancias, y avanzar en una mayor digitalización de las operaciones.

A partir del 1° de julio de 2026, la obligación de emitir comprobantes alcanzará a determinados sujetos que hasta el momento se encontraban exceptuados, entre ellos directores de sociedades anónimas, síndicos, socios gerentes de SRL, abogados y peritos, entre otros.

La medida también comprende a entidades bancarias sujetas a la Ley 21.526, instituciones médicas, administradoras de tarjetas de crédito e instituciones educativas privadas.

Liquidación Electrónica Mensual

La normativa incorpora una modalidad que permite facturar las operaciones de manera individual o agruparlas en un único comprobante electrónico mensual por cada cliente.

Esta opción aplica, entre otros, a:

  • Entidades financieras y de seguros.
  • Emisoras de tarjetas de crédito y prepagas.
  • Instituciones educativas de gestión privada.
  • Entidades de medicina prepaga.

Los comprobantes de liquidación electrónica mensual deberán emitirse hasta el último día de cada mes calendario y ponerse a disposición del receptor dentro de los 10 días corridos desde su emisión.

Obligación de identificar al consumidor final

La Resolución General 5824/2026 también establece que el emisor deberá identificar al comprador cuando este lo solicite para poder computar el gasto como deducción en el Impuesto a las Ganancias, sin importar el monto de la operación.

Fuente: Errepar