Saltear al contenido principal
La AFIP Le Pone Retenciones De IVA Y Ganancias A Las Billeteras Electrónicas

Las billeteras electrónicas retendrán IVA y Ganancias

A través de la resolución general 4622/2019 la AFIP establece un régimen propio para los pagos realizados con billeteras electrónicas.

A partir del 19 de noviembre plataformas como TodoPago (Prisma), NaranjaX y PayU y otras, realizarán retenciones de Ganancias e IVA en las ventas realizadas con estos medios de pago.

Con esta medida la nueva regulación busca igualar la situación de las billeteras digitales con las plataformas de procesadoras de pago tradicionales. Además la resolución tiene el objetivo poner en igualdad de condiciones a este tipo de operaciones con las compras realizadas con tarjeta de débito y crédito.

Los porcentajes que se deberán retener dependerán del instrumento de pago seleccionado al usar la billetera electrónica, es decir, con tarjeta de débito o de crédito. Las cifras son similares a las establecidas para las compras directas: 0,5% para tarjetas de débito y 1% para crédito, en la mayoría de los casos.

Cabe destacar que en esta nueva reglamentación quedarán excluidas las Micro Empresas registradas como tales ante la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa y las Potenciales Micro Empresas designadas de este modo por la AFIP.