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Vence El Plazo Para El Siceramiento Fiscal

Vence el plazo de la última etapa operativa del sinceramiento fiscal

Se acerca el plazo de vencimiento para realizar las transferencias de bienes registrables e inmuebles provenientes del sinceramiento fiscal.

El plazo original de vencimiento de dichas declaraciones juradas fue prorrogado por la AFIP a junio de 2018, y por lo tanto hasta esa fecha, conforme al art. 38 de la ley 27.260, hay tiempo para culminar con las últimas etapas de las operativas de sinceramiento fiscal. Estos pasos finales corresponden a formalizar las escrituras de transferencias de dominio no onerosas de los referidos inmuebles, de las «sociedades titulares aparentes», a favor de las «personas humanas sincerantes», acciones obligatorias para los casos previstos en el art. 38 de la Ley de Sinceramiento.

El art. 38 de aquella ley estipula que aquellas sociedades «residentes de nuestro país» (sociedades argentinas, SA, SRL, SCA, etc., o extranjeras con sucursal o representación por art. 118 o 123 LGS), y todas las inscriptas en nuestros Registros Públicos de Comercio, (ej. IGJ, DPPJ de Bs. As., etc.), tienen la obligación de escriturar la transferencia.

El mismo plazo también corre para realizar la transferencia de aquellos bienes registrables, como los automotores, que estando a nombre de un tercero se hayan blanqueado a favor de la persona sincerante, quien para formalizar esta situación, deberá hacer dicho trámite ante el Registro del Automotor correspondiente.

Por lo tanto, es conveniente revisar y repasar en las personas humanas, quienes han realizado oportunamente el sinceramiento declarando como suyos los inmuebles a nombre de estructuras societarias del país o del exterior, y aún no han formalizado las transferencias dominiales de dichos inmuebles, además de los automotores y/o otros bienes registrables en la misma situación.

Por último recordamos que, para aquel que no haya completado estos trámites dentro del plazo estipulado las consecuencias pueden ser severas y concluir en la caída del blanqueo. Además, el pasado miércoles 28 de febrero venció el plazo para regularizar el blanqueo de 2016, en aquellos casos de sujetos que pagaron el impuesto especial pero que no llegaron a formalizar la presentación del F. 2009 ante la AFIP.