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Monotributo 2020: Cómo Queda La Tabla Con Las Nuevas Categorías

Tabla y categorías de Monotributo para 2020

La Administración Federal de Ingresos Públicos determinó las nuevas categorías del Monotributo a partir de 2020.

Los valores de los ingresos brutos máximos de cada una se incrementarán 51,1%. Este porcentaje se ajusta cada año según el incremento anual para las jubilaciones. Y, al igual que en 2019, estará por debajo de la inflación que solo a octubre acumula un 50,5% interanual.

A continuación detallamos los nuevos valores del monotributo para 2020:

Tabla y categorías de Monotributo para 2020

También sube el valor del alquiler que pagan los comercios inscriptos y especialmente las cuotas que hay que pagar.

Por su parte, la categoría más baja (A) tendrá un tope de ingresos de $ 208.739,25 y habrá que pagar una cuota mensual de $ 1.955,68.

En relación a la categoría máxima de servicios (H) tendrá un tope de facturación de $ 1.739.493,79, contra $ 1.151.066,58 de 2019. Y la cuota mensual subirá de $ 6.254,58 a $ 9.451,93.

La categoría más alta que incluye la venta de cosas muebles (K) podrá tener ingresos máximos de $ 2.609.240,69, cuando en 2019 eran de $ 1.726.599,88. En este oportunidad, la cuota mensual será de $ 14716,41​.

El nuevo precio unitario de venta que rige para no salirse del Monotributo es de $ 29.119,56. Superado ese monto, el contribuyente debe pasarse al régimen general (que en lugar de pagar un solo impuesto unificado abona IVA y Ganancias e implica más burocracia).

Las nuevas cuotas habrá que comenzar a abonarlas el 20 de enero de 2020, que es la fecha de vencimiento. A quienes tengan débito automático se descontará automáticamente el nuevo valor.

En el caso que el contribuyente se pase de la máxima categoría con la facturación o la AFIP observa que está teniendo gastos por encima de los ingresos, el organismo directamente lo excluye del sistema simplificado del Monotributo. Sin embargo, en medio de la crisis, la AFIP suspendió hasta el próximo 29 de febrero la exclusión “de oficio”.

Por otro lado, los que deban recategorizarse, tendrán tiempo hasta el 20 de enero. Hay que hacer el trámite solo si se modificaron los parámetros. En este caso, la cuota nueva, que surge de la nueva categoría, recién habrá que pagarla en febrero.