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REPRO

REPRO II: ¿Cuáles son las novedades?

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación a través de la resolución 420/2021 (BO:21/07/2021) estableció el plazo para la inscripción “Programa REPRO II” para el período correspondiente a los salarios devengados durante julio 2021, estará comprendido entre el 23 y el 29 de julio inclusive.

También se definen las pautas a tener en cuenta para aplicar los criterios de preselección, respecto a las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio.

La resolución (MTESS) 416/2021 (BO:21/07/2021) ordenó algunas modificaciones al programa: A partir del devengado mes de julio -en apariencia- las medidas transitorias tienden a desaparecer. Como parte de la nueva norma, se producen cambios de tipo permanente, los que, es de suponer, se mantendrán en el tiempo hasta que el REPRO II pase a la historia.

A partir de julio, y de forma permanente, el cambio más importante es el que refiere al monto mensual del subsidio para los sectores más críticos: sectores afectados no críticos $9.000, sectores críticos $22.000 y sector salud $22.000.

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Fuente: Errepar