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Alivio Fiscal

Prescripción de impuestos a partir de enero 2022

Siempre es bueno analizar en esta primera etapa del año, y sobretodo post pandemia en dónde los distintos fiscos a nivel nacional, provincial y municipal, han vuelto a activar por estos días (luego de 2 años de transitar una etapa de cuasi amnistía fiscal) las acciones tendientes al cobro de deudas impositivas a través de ejecuciones fiscales con medidas preventivas y embargos a la orden del día y con una moratoria cuyo vencimiento está a la vuelta de la esquina, la situación de cada deuda frente al instituto de la prescripción.

En este análisis propuesto no deberíamos dejar de tener en cuenta dos situaciones antagónicas que se presentan en el conteo de la prescripción provocadas por las suspensiones dispuestas por la ley 26.860 (publicada en 2013) y la ley 27.562 (publicada en 2020), habida cuenta de que el criterio de la AFIP es que estas suspensiones son generalistas, alcanzando a todo el universo de contribuyentes, hayan o no adherido a los términos de estas leyes especiales de moratoria y/o blanqueo, mientras que el criterio de la otra vereda, pareciera ser que estas suspensiones son únicamente oponibles respecto de quienes hubieran adoptado algún mecanismo de moratoria o de blanqueo previsto específicamente en esas leyes.

Antes de abordar el análisis del párrafo anterior sugerimos repasar los criterios básicos en cuanto a números de la prescripción a saber:

Obligaciones impositivas

  • Para contribuyentes inscriptos: 5 AÑOS
  • Para contribuyentes NO inscriptos habiendo estado obligado a hacerlo: 10 AÑOS

Obligaciones previsionales

  • Para todas las obligaciones son 10 años.

A continuación el cuadro con el detalle del conteo en años por obligación de acuerdo a ambos criterios:

Prescripción impuestos 2022

Como observación final debemos aclarar, que este detalle no contempla los casos donde se verifican otras causales suspensivas o interruptivas de la prescripción, que no tengan que ver con las situaciones especificas de las leyes descriptas, sino más bien con cuestiones de índole administrativa como una intimación, el inicio de la demanda de ejecución fiscal, etc.