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Nuevo procedimiento previo a los despidos sin justa causa

Nuevo procedimiento previo a los despidos sin justa causa

Mediante el decreto 1043/2018 el Poder Ejecutivo estableció, además del pago de una asignación no remunerativa, un nuevo procedimiento obligatorio a tener en cuenta ante para realizar ante la realización de un despido sin justa causa.

¿En qué consiste el nuevo procedimiento?

    • El empleador deberá comunicarle al Ministerio de Producción y Trabajo, con una anticipación no menor a 10 días hábiles, la decisión de despedir trabajadores contratados por tiempo indeterminado sin mediar justa causa, antes de hacerla efectiva.
    • La Autoridad de Aplicación, de oficio o a pedido de parte, podrá convocar a una audiencia para que, en dicho plazo, se evalúen las condiciones en que se llevará a cabo la futura extinción laboral.
    • El incumplimiento de este procedimiento dará lugar a las multas previstas en el Anexo II de la ley 25.121.
    • Este procedimiento rige desde el 13 de noviembre hasta el 31 de marzo de 2019.
    • No se encuentran alcanzados por este procedimiento los trabajadores de la industria de la construcción.