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Moratoria Para Regularizar Deuda De Patente E Inmobiliario

Moratoria para regularizar deuda de patente e inmobiliario

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) dispuso un Nuevo Plan de Facilidades, con condonación de intereses y en cuotas para aquellos contribuyentes que tengan deuda administrativa de los impuestos Inmobiliarios, ABL y/p Patentes.

El mismo entró en vigencia el 1 de febrero y estará vigente hasta el 30 de junio de 2021, además permitirá incluir la deuda generada entre el 1 de enero de 2019 y el 30 de octubre de 2020. Para la adhesión y correspondiente pago de las cuotas es necesario la presentación de una Clave Bancaria Uniforme (CBU) como también la adhesión al Domicilio Fiscal Electrónico (DFE).

Aquellas personas que se adhieran antes del 15 de marzo y hasta en 6 cuotas, recibirán la condonación del 100% de los intereses.

Características del Plan:

  • Períodos a incluir: Inmobiliario/ABL: cuota 01/2019 a 10/2020 – Patentes: cuota 01/2019 a 05/2020.
  • Monto máximo de la deuda a incluir: $ 1.500.000.-
  • Valor de cuota mínima: $1.000.-
  • Débito automático de las cuotas en la CBU informada.
  • Sin intereses de financiación.
  • Con condonación de intereses resarcitorios en función de la cantidad de cuotas solicitadas y el momento del acogimiento.
    No admite la refinanciación de planes vigentes.

Para la adhesión a la Moratoria deberá adherir el servicio “Plan de Facilidades” a través de Clave Ciudad seleccionando la opción “Res. 2 – 2021”.

Importante: para deudas por Diferencias Fiscales de Avalúo de Inmobiliario/ABL, que se hayan generado entre enero 2019 y octubre 2020, la adhesión a la Moratoria deberá gestionarse a través de InfoAGIP, seleccionando la opción “Trámites Presenciales”.

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Fuente: Contadores en Red