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Las cuotas de los colegios podrían deducirse del pago de Ganancias

Las cuotas de los colegios podrían deducirse del pago de Ganancias

Los gastos educativos en 2023 podrían deducirse de la base imponible del impuesto a las Ganancias hasta el límite del 40%.

Esta propuesta surge de un dictamen aprobado por la Comisión de Presupuesto y Hacienda, presentado por un diputado de la oposición, y de ser efectiva, el beneficio daría unos $35.000 anuales de ahorro.

En la actualidad el mínimo no imponible es de $252.564,84 anuales. Si el contribuyente está alcanzado por la alícuota del 35%, el ahorro fiscal sería de $35.359,07 anuales. Eso implica por mes $2.946,59.

Estos valores rigen independientemente del monto de la cuota y de cantidad de hijos en edad escolar, por cuanto el tope del 40% se aplica sobre el mínimo no imponible.

El dictamen señala que “los contribuyentes podrán deducir determinados gastos vinculados a la educación de sus hijos, hijas, hijastros o hijastras menores de dieciocho 18 años o incapacitados para el trabajo y por los mayores de 18 años y hasta los 24 años inclusive (en este último caso en la medida que cursen estudios regulares o profesionales de un arte u oficio que les impida proveerse de medios necesarios para sostenerse), siempre que revistan la condición de carga de familia para los mismos”.

En este sentido, voces a favor del dictamen consideran que se debería aplicar el límite por cada hijo/a en forma independiente e ir incrementándose en los próximos años paulatinamente.

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Fuente: Clarín