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AFIP

Se instrumentó la CUIL/CUIT genérica

La Ley N° 26.743 reconoce el derecho de identidad de género de las personas entendida como la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, al cual puede ser o no igual al sexo al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo.

A través de una resolución conjunta la AFIP y la ANSES, se estableció que de ahora en más los números se asignarán de forma aleatoria.

La norma reconoció el derecho humano fundamental de toda persona al reconocimiento de su identidad de género, a ser tratada de acuerdo a ella y al libre desarrollo de su persona conforme a dicha identidad y, en particular, a ser identificada de ese modo en los instrumentos que permitan su acreditación.

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Fuente: Contadores en Red