Saltear al contenido principal

El ajuste por inflación de los balances: punto por punto para presentar ganancias

El ajuste por inflación de los balances a los fines contables es necesario que esté finalizado previo al vencimiento de las declaraciones juradas de impuesto a las ganancias para empresas, debido a que se parte de esos estados financieros y se les quita la indexación a las partidas, con los fines tributarios, mediante un programa diseñado por AFIP.

A efectos de reexpresar las diferentes partidas y rubros que integran los estados contables, la empresa deberá, entre otras cosas:

Determinar qué partidas se ajustan y cuáles no:
» Para ello se debe analizar los criterios contables utilizados al momento de su valuación, en primer lugar, todas aquellas partidas expresadas a fecha de cierre no se reexpresan y si se ajustan todas aquellas partidas expresadas a una fecha anterior al cierre.

De las partidas que se ajustan se deberá:
» Eliminar los ajustes parciales contabilizados, a fin de evitar su duplicación.
» Determinar el momento de origen de las partidas o el momento de su última reexpresión, según corresponda.
» Calcular los coeficientes de reexpresión aplicables.

Para eso, la serie de índices a utilizar será la resultante de combinar la serie de IPIM compilado por la Federación de contadores hasta noviembre de 2016, con el IPC a partir de diciembre de 2016, ambas fechas inclusive.

» Aplicar los coeficientes de reexpresión a los importes de las partidas anticuadas para reexpresarlas a moneda de cierre. A este respecto, las partidas que deberían reexpresarse serán aquellas que no estén expresadas en moneda de cierre. Asimismo, los cambios en el poder adquisitivo de la moneda que deberán reconocerse serán aquellos ocurridos desde el 1 de marzo de 2003.

» Comprobar que los valores reexpresados de los diferentes activos no excedan a sus correspondientes valores recuperables determinados de acuerdo con las normas contables profesionales pertinentes.

Este proceso debe hacerse primero para el ejercicio comparativo anterior donde se deberá determinar el activo, pasivo, patrimonio neto ajustados por inflación y el impuesto diferido que surge de comparación de las bases contables y bases fiscales de los bienes.

Por diferencia se determinará el Resultado no asignado.

Luego se determinará el activo, pasivo, patrimonio neto ajustados por inflación y el impuesto diferido que surge de la comparación de las bases contables y bases fiscales de los bienes del ejercicio actual.

Y el resultado no asignado se determinará ajustando el mismo año del comparativo anterior por el coeficiente de inflación del ejercicio actual (más o menos variaciones que hubieran ocurrido con dicho resultado durante el año) y por diferencia se calculará el resultado del ejercicio actual).

Finalmente se ajustarán las cuentas de ingresos y gastos correspondientes por el coeficiente del mes en que ocurrieron dichos resultados, una vez realizado este ajuste por diferencia entre los resultados ajustados y el resultado del ejercicio determinado en el párrafo anterior se determinará el resultado del ajuste por inflación.

La aplicación del proceso de reexpresión establecido por las reglas técnicas de los contadores permite el reconocimiento de las ganancias y pérdidas derivadas del mantenimiento de activos y pasivos expuestos a los cambios en el poder adquisitivo de la moneda a lo largo del período.

Tales ganancias y pérdidas se exponen en el rubro resultados financieros y por tenencia incluyendo el resultado por exposición a los cambios en el poder adquisitivo de la moneda del estado de resultados.