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AFIP - Plan De Pagos

AFIP prorroga suspensión de embargos y vigencia del plan de pagos

Mediante la Resolución General 4683 se prorroga al 30 de junio de 2020 la vigencia transitoria del régimen de facilidades de pago permanente con relación a los mayores beneficios correspondientes a la cantidad de planes de facilidades de pago admisibles, la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamiento aplicable.

Con dicha medida las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas Tramo I pueden acceder hasta un máximo de 10 planes de facilidades de pago, mientras que el resto de contribuyentes pueden acceder hasta un máximo de 3 planes de pago.

Esta prórroga es para los planes de pago que se realizan en el marco de la RG (AFIP) 4268 que no concede quitas de intereses ni sanciones, y no responde al pedido de prórroga que han realizado a la AFIP la FACPCE junto a distintas entidades que hacen a la actividad económica, para que otorgue un mayor plazo en las mejores condiciones con respecto al importe del pago a cuenta, la cantidad de cuotas a solicitar y la fecha de ingreso de la primera cuota de la moratoria para MiPyMEs reglamentada por la RG(AFIP) 4667. Dichas condiciones para acceder a la Moratoria para Pymes que concede quitas de intereses, multas y demás sanciones se encuentran vigentes hasta el 31 de marzo de 2020.

Ver la Resolución General (AFIP) 4683 en Boletín Oficial »

Fuente: Errepar